
Encuesta de participación pública del Título VI
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El Departamento de Transporte de California (Caltrans) recopila la siguiente información en cumplimiento con el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, No Discriminación en Programas de Asistencia Federal. Tómese unos minutos para completar las siguientes preguntas. Los datos que usted proporcione permitirán a Caltrans identificar a los residentes y las comunidades afectadas por el Programa de Ayuda Federal para Carreteras.
El Departamento de Transporte de California (Caltrans) garantiza que ninguna persona, por motivos de raza, color u origen nacional, será excluida de participar, ni se le negarán, beneficios ni estará sujeta a discriminación en cualquier programa o actividad que reciba asistencia financiera federal, como lo exige el Título VI de la Ley de Derechos Civiles de 1964, en su forma enmendada, la Ley de Restauración de Derechos Civiles de 1987 y la Orden Ejecutiva Federal 12898 (Acciones federales para abordar la justicia ambiental en poblaciones minoritarias y poblaciones de bajos ingresos).
Caltrans hará todo lo posible para garantizar la no discriminación en todos sus programas y actividades, ya sea que estén financiados por el gobierno federal o no, y que los servicios y beneficios se distribuyan de manera justa entre todas las personas, independientemente de su raza, color u origen nacional. Asimismo, Caltrans facilitará una participación significativa en el proceso de planificación del transporte de manera no discriminatoria.
Folletos del Título VI
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